Páginas: 249-281

Emakumeak (familia eta gizarte barruan Bizkaian) lehentasunezko lekua hartzen du, gizon eta anaiekin parekotasun osoa lortuz. Gizonarekin berdin parte hartzen du ezkontza ondasunetan eta honekin ondasun guztien anaitasun eta laguntza du, honela gizonak emakumearen baimena behar du hauek erabiltzeko. Ezkontza desegintzen bada gizona hiltzen delako, alkar poderoso deritzaiona eman bazuten, emakumeak ondasun guztien usufruktu unibertsala jasotzen du, eta osagarri bezala bere gizonaren oinordetza hartu dezake eta haren izenean bere ondasunen oinordeko bat aukeratu.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. LA COMUNICACIÓN DE BIENES ENTRE MARIDO Y MUJER. 1. Regulación en los Fueros escritos (XIV-XVI). 1.1. Inicio de la comunicación foral. 1.2. Exigencia del consentimiento de la mujer. 1.3. Prohibición de embargo de la mitad. 2. Los documentos jurídicos sobre comunicación de bienes y la comunidad familiar pactada (XVII-XIX). 2.1. Evolución consuetudinaria de la comunicación foral. 2.2. El pacto de comunidad familiar. III. ALKAR PODEROSO, EL PODER TESTATORIO RECÍPROCO ENTRE CÓNYUGES. 1. Regulación en los Fueros (XIV-XVI). 2. Facultades del alkar poderoso en los documentos (XVII-XIX). IV. LIBERTAD DE ELECCIÓN DE SUCESOR O SUCESORA EN EL PATRIMONIO FAMILIAR.  1. El principio de libertad sucesoria (XIV-XVI). 2. La elección de sucesora en contrato matrimonial (XVII-XIX). V. ETORKIÑA, LA DOTE DEL ADVENEDIZO A LA CASA, SEA HOMBRE O MUJER. 1. La dote en los Fueros (XIV-XVI). 2. Documentos sobre la dote (XVII-XIX). VI. LA EMANCIPACIÓN JUDICIAL POR PETICIÓN DEL MENOR O LA MENOR. 1. La emancipación en los Fueros (ss. XIV-XVI). 2. Expedientes de emancipación (XVII-XIX). VII. BIBLIOGRAFÍA.

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05 Oct 2017
Páginas: 249-281

La mujer —dentro de la familia y la sociedad en Bizkaia— ocupa un lugar preeminente, que se traduce en una plena equiparación con el marido y hermanos. Participa por igual con el marido en los bienes del matrimonio y tiene con éste hermandad y compañía de todos sus bienes, de manera que el marido requiere del consentimiento de la mujer para disponer de los mismos válidamente.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. LA COMUNICACIÓN DE BIENES ENTRE MARIDO Y MUJER. 1. Regulación en los Fueros escritos (XIV-XVI). 1.1. Inicio de la comunicación foral. 1.2. Exigencia del consentimiento de la mujer. 1.3. Prohibición de embargo de la mitad. 2. Los documentos jurídicos sobre comunicación de bienes y la comunidad familiar pactada (XVII-XIX). 2.1. Evolución consuetudinaria de la comunicación foral. 2.2. El pacto de comunidad familiar. III. ALKAR PODEROSO, EL PODER TESTATORIO RECÍPROCO ENTRE CÓNYUGES. 1. Regulación en los Fueros (XIV-XVI). 2. Facultades del alkar poderoso en los documentos (XVII-XIX). IV. LIBERTAD DE ELECCIÓN DE SUCESOR O SUCESORA EN EL PATRIMONIO FAMILIAR.  1. El principio de libertad sucesoria (XIV-XVI). 2. La elección de sucesora en contrato matrimonial (XVII-XIX). V. ETORKIÑA, LA DOTE DEL ADVENEDIZO A LA CASA, SEA HOMBRE O MUJER. 1. La dote en los Fueros (XIV-XVI). 2. Documentos sobre la dote (XVII-XIX). VI. LA EMANCIPACIÓN JUDICIAL POR PETICIÓN DEL MENOR O LA MENOR. 1. La emancipación en los Fueros (ss. XIV-XVI). 2. Expedientes de emancipación (XVII-XIX). VII. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017