2 Iura Vasconiae | 149-198 | El municipio en la Comunidad Foral de Navarra. Historia, tradición y principios.

02 Oct 2017
Páginas: 149-198
Resumen:

El régimen local medieval fue adaptado al derivado del uniformismo liberal a partir de la Ley de 1841 y, posteriormente, al Estatuto Municipal por el R.D.L. de 4 de noviembre de 1925. En ambas normas se reconoció a la Diputación una jerarquía sobre los municipios que se manifestó en numerosos actos de control, incluida la revisión de sus actos en vía de alzada. El Reglamento de Administración Municipal de 1928 fue el código de la vida local en el que se plasmaron todas las peculiaridades históricas mantenidas y acreditó la sumisión de la vida local a la superior autoridad de la Diputación. A partir del artículo 46 LORAFNA se estableció un nuevo régimen basado en el concepto constitucional de autonomía local, regulado por la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio.

Sumario:

I. LA ADAPTACIÓN DEL RÉGIMEN LOCAL DE NAVARRA AL ORDEN LIBERAL Y LA LEY DE 19 DE AGOSTO DE 1841. II. LA LEY DE 4 DE NOVIEMBRE DE 1935 Y EL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE 1928. III. LA LEGISLACIÓN FRANQUISTA DEL RÉGIMEN LOCAL. IV. LA ADAPTACIÓN DEL RÉGIMEN LOCAL DE NAVARRA A LA CONSTITUCIÓN DE 1978. 1. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral. 2. La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra. V. LAS ENTIDADES LOCALES DE NAVARRA. 1. Los municipios. 1.1. Características. 1.2. Régimen. 2. Los Distritos administrativos. 3. Los Concejos. 3.1. Características. 3.2. Régimen. 4. Las Agrupaciones tradicionales. 5. Las Agrupaciones. 6. Las Mancomunidades. 6.1. Características. 6.2. Régimen. VI. COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA. VII. BIENES. VIII. CONTRATACIÓN. IX. HACIENDAS LOCALES. 1. Ley Foral 2/1995, de 20 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. 2. El Fondo de Participación de las Haciendas Locales. X. CONCLUSIONES. XI. BIBLIOGRAFÍA.