13 Iura Vasconiae | 341-402 | La política legislativa de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Derecho civil propio: de la Compilación de 1967 al Código del Derecho foral de Aragón de 2011 e iniciativas legislativas ulteriores

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03 Oct 2017
Páginas: 341-402
Resumen:

El presente trabajo tiene por objeto exponer el proceso de renovación de que ha sido objeto el Derecho civil aragonés a partir de la asunción por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón de la competencia en materia de modificación, conservación y desarrollo de su Derecho civil propio; proceso en el que es posible identificar dos fases muy definidas. En una primera fase (de 1982 a 1995) la única pretensión del legislador aragonés es la asumir la Compilación de 1967 como propia de la Comunidad Autónoma y a adecuar sus previsiones a los principios constitucionales. Es en 1996 cuando propiamente se inicia la tarea de reformulación y, por ende, desarrollo del Derecho civil aragonés que fructificará en 2011 con la aprobación del Código del Derecho Foral de Aragón. Con posterioridad a esta fecha puede darse noticia de varias –y no en exceso relevantes– iniciativas legislativas sobre Derecho civil propio, unas provenientes del Gobierno de Aragón y otras de diversos grupos con representación parlamentaria.

Sumario:

I. PLANTEAMIENTO. II. LAS REFORMAS PARCIALES DE LA COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL DE ARAGÓN DESDE 1982 A 1995. 1. La Ley 3/1985, de 21 de marzo, sobre la Compilación del Derecho civil de Aragón. 2. La Ley 3/1988, de 25 de abril, sobre equiparación de hijos adoptivos. 3. La Ley 4/1995, de 29 marzo, sobre modificación de la Compilación del Derecho Civil de Aragón y de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de sucesión intestada. III. LA NUEVA POLÍTICA LEGISLATIVA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL ARAGONÉS (1996-2011). 1. La ponencia “Objetivos y método para una política legislativa en materia de Derecho civil de Aragón. 2. Las cuatro leyes fruto de los trabajos de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil. 2.1. La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte. 2.2. La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad. 2.3. La Ley 13/2006, de 27 de diciembre de Derecho de la Persona 2.4. La Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial. 3. Las dos Leyes fruto de proposiciones legislativas. 3.1. La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas. 3.2. La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres. 4. El Código del Derecho Foral de Aragón (aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón). IV. ULTERIORES INICIATIVAS DE RENOVACIÓN LEGISLATIVA DESDE 2011 AL MOMENTO PRESENTE. 1. Leyes. 1.1. La Ley 3/2016, de 4 de febrero, de reforma de los arts. 535 y 536 CDFA. 1.2. Otras leyes con incidencia en materia civil. 1.2.1. La Ley 9/2011, de 24 de marzo, de mediación familiar en Aragón. 1.2.2. Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y la muerte. 2. Proyectos de Ley: El Proyecto de Ley de organización y funciones de la Comisión Aragonesa de Derecho foral 3. Proposiciones de Ley. 3.1. La Proposición de Ley por la que se modifica el Código civil en relación con el estatuto personal y la vecindad civil. 3.2. La Proposición de Ley de Actualización de los Derechos históricos de Aragón. 3.3. La Proposición de Ley por la que se modifica el Código del Derecho Foral de Aragón en relación a la personalidad jurídica de las Comunidades o Sociedades de montes de origen vecinal. 4. Proposiciones no de Ley. 4.1. La Proposición no de Ley núm. 43/2011-VIII sobre tramitación de la fiducia aragonesa. 4.2. La Proposición no de Ley núm. 78/2011-VIII sobre la divulgación y conocimiento del Derecho Foral Aragonés. 4.3. La Proposición no de Ley núm. 192/2012-VIII sobre la creación de una Ponencia Especial de seguimiento del Derecho foral. V. BIBLIOGRAFÍA. VI. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL.