13 Iura Vasconiae | 057-111 | La competencia histórica y exclusiva de la Comunidad Foral de Navarra en materia de Derecho civil foral. Contenido actual de este derecho

02 Oct 2017
Páginas: 057-111
Resumen:

Desde 1982, la Comunidad Foral de Navarra tiene competencia exclusiva en materia de Derecho Civil Foral de Navarra. Esta competencia le permite, formalmente, dictar leyes forales, y, materialmente, conservar, modificar y actualizar este Derecho propio, resultado de su larga historia. El fundamento constitucional de esta competencia se encuentra en la disposición adicional primera de la Constitución, y no solo en el artículo 149.1.8 de la Constitución (que reconoce los Derechos civiles forales o especiales y los conserva allí donde existan), por ser su regulación un derecho histórico de la Provincia Foral de Navarra, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1848. Con anterioridad a 1982, y a diferencia de otros territorios y regiones, la Diputación Foral de Navarra tenía y ejerció una competencia normativa compartida con el Estado -reconocida expresamente por este en la Ley 1/1973, de 1 de marzo- para codificar, actualizar y proponer la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra; en un procedimiento complejo y bilateral, caracterizado por el pacto y el convenio entre la Diputación Foral o sus representantes y el Ministerio de Justicia, el Estado procedía finalmente a la aprobación del texto propuesto mediante Ley o Decreto-Ley, sin intervención de las Cortes. La actual competencia de Navarra en materia de Derecho Civil Foral –ahora exclusiva y a ejercer en última instancia por el Parlamento de Navarra– presenta una extensísima amplitud de contenido material, que va más allá en algunos puntos de la dicción del art. 149.1.8 de la Constitución y permite hoy a la Comunidad Foral mantener especialidades legislativas de carácter procesal.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. LA COMPETENCIA SOBRE EL DERECHO CIVIL FORAL EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. III. LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL FORAL: COMPETENCIA HISTÓRICA Y EXCLUSIVA. ALCANCE DE ESA EXCLUSIVIDAD. 1. Competencia histórica y exclusiva. 2. Alcance de la exclusividad. 3. La competencia de los órganos jurisdiccionales radicados en Navarra. IV. EL DERECHO CIVIL FORAL EN LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 1. La competencia de las Comunidades Autónomas, en general. 2. La competencia de Navarra, en particular. V. LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN MATERIA DE LEGISLACIÓN PROCESAL CONEXA CON EL DERECHO CIVIL FORAL. VI. LA MATERIA OBJETO DE LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL: EL DERECHO CIVIL FORAL DE NAVARRA. 1. Concepto. 2. Caracteres. 3. Contenido material. VII. LA COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL FORAL DE NAVARRA: ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y MODIFICACIONES. 1. Antecedentes. 2. Elaboración. 3. Los amejoramientos de la Compilación. 4. La modificación de la Compilación efectuada en 1987. VIII. ALGUNAS LEYES FORALES ACTUALES EN MATERIA DE DERECHO CIVIL FORAL. IX. UNA MENCIÓN AL CONSEJO ASESOR DE DERECHO CIVIL FORAL. X. BIBLIOGRAFÍA.