Páginas: 209-230

El Derecho de familia navarro es la muestra más evidente de que el Fuero Nuevo precisa ser revisado y reformado. A su vez, el derecho de familia navarro constituye el eje del Fuero Nuevo, de manera que su reforma no puede llevarse a cabo de manera independiente a la del resto de instituciones. Lo deseable sería una reforma en su conjunto. Y dentro de ella, el desarrollo legislativo de instituciones hasta ahora omitidas por el texto foral pero con mayor presencia en las realidad socio-familiar navarra que las actualmente contempladas.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. EN GENERAL, EL PROBLEMA DEL DERECHO DE FAMILIA EN NAVARRA. II. LA TRADICION JURÍDICA NAVARRA EN EL DERECHO DE FAMILIA Y SU EVOLUCIÓN COMO ORIGEN DEL PROBLEMA. 1. Los principios del derecho de familia navarro en la época compiladora (1973). 2. La posición de la doctrina foralista tras la promulgación de la Constitución y de las Leyes 11/1981 y 30/1981. 3. La “prudente” reforma del Fuero Nuevo de 1987. 4. La regulación de las instituciones de familia por medio de leyes especiales y su cuestionada técnica legislativa. III. LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA EL LOGRO DE UNA REFORMA INTEGRAL. IV. LA NUEVA REALIDAD LEGISLATIVA QUE RESULTA PRECISO TOMAR EN CONSIDERACION PARA ABORDAR LA REFORMA FORAL. V. ALTERNATIVAS SISTEMÁTICAS PARA UNA NUEVA REFORMA. VI. LAS CUESTIONES DE DERECHO DE FAMILIA QUE, EN CUALQUIER CASO, RESULTA NECESARIO SUPERAR. 1. Patria Potestad (Leyes 63 a 67). 2. Filiación. (Leyes 68 a 72). 3. Adopción, acogimiento, prohijamiento (Leyes 73 y 74 y Ley Foral 15/2015). 4. Régimen económico del matrimonio y de la familia. 4.1. Principios (Leyes 75 a 77). 4.2. Régimen primario. 4.3. Sociedad conyugal de conquistas (Leyes 82 a 91). 5. Otras instituciones del Derecho de Familia navarro. 5.1. Capitulaciones matrimoniales (Leyes 78 a 81). 5.2. Dote y arras. 5.3. Régimen de bienes en segundas o posteriores nupcias. 5.4. Comunidades familiares. 5.5. Del acogimiento a la Casa y de las dotaciones. 5.6. Parientes Mayores. VII. REFLEXIÓN FINAL. VIII. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017
Páginas: 157-207

Se analiza el Derecho de obligaciones y contratos en el Fuero Nuevo y se aboga por la conveniencia su reforma. Se ofrecen algunos argumentos que apoyan esta iniciativa y se proponen líneas generales para la reforma.

Sumario:

I. CÓDIGO, COMPILACIÓN Y FUERO NUEVO. II. EL MANDATO LEGAL DE REVISAR DECENALMENTE LAS LEYES DEL FUERO NUEVO. III. LA REFORMA POST CONSTITUCIONAL DEL FUERO NUEVO EN EL CONTEXTO DEL RESTO DE COMPILACIONES. IV. EL FUERO NUEVO ANTE LAS “BASES DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES”. V. EL FUERO NUEVO, UN TEXTO INMERSO EN LA CORRIENTE DE MODERNIZACIÓN DEL DERECHO DE OBLIGACIONES Y CONTRATOS. 1. En el contexto de los Códigos Civiles europeos. 2. En relación con la reciente doctrina del TJUE. VI. PROPUESTAS PARA UNA REFORMA. 1 Modificación de la ordenación sistemática (reestructuración). 2. Obligaciones. 3. Contratos. 4. Estipulaciones. VII. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017
Páginas: 113-155

Desde 1973 el Fuero Nuevo o Compilación de Derecho Privado Foral ha sido el código de aquel y de parte del Derecho Público como las personas jurídicas administrativas y los bienes y derechos públicos. Supuso un progreso en la sistematización del Derecho navarro con vocación codificadora y recuperadora de principios e instituciones. Los cambios sociales y jurídicos exigen su adecuación, suprimiendo cuanto ha sido recogido en normas específicas dictadas por la potestad legislativa reconocida a Navarra.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. Regulación civil de personas jurídicas administrativas. 1. La Diputación Foral. 2. Los Concejos. 3. Instituciones de los valles de Baztán, Roncal y Salazar. 4. Las Bardenas Reales. 5. Las Juntas o “Patronatos mere legos”. 6. Cajas Rurales y Hermandades. 7. Las fundaciones. III. Regulación civil de bienes y derechos públicos. 1. Principios generales. 2. Comunidad en mancomún. 3. Corralizas. 4. Facerías y comunidades faceras. 5. Helechales. 6. Dominio concellar. 7. Vecindades foranas. 8. Redención y retracto. IV. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017
Páginas: 057-111

Desde 1982, la Comunidad Foral de Navarra tiene competencia exclusiva en materia de Derecho Civil Foral de Navarra. Esta competencia le permite, formalmente, dictar leyes forales, y, materialmente, conservar, modificar y actualizar este Derecho propio, resultado de su larga historia.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. LA COMPETENCIA SOBRE EL DERECHO CIVIL FORAL EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. III. LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL FORAL: COMPETENCIA HISTÓRICA Y EXCLUSIVA. ALCANCE DE ESA EXCLUSIVIDAD. 1. Competencia histórica y exclusiva. 2. Alcance de la exclusividad. 3. La competencia de los órganos jurisdiccionales radicados en Navarra. IV. EL DERECHO CIVIL FORAL EN LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 1. La competencia de las Comunidades Autónomas, en general. 2. La competencia de Navarra, en particular. V. LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN MATERIA DE LEGISLACIÓN PROCESAL CONEXA CON EL DERECHO CIVIL FORAL. VI. LA MATERIA OBJETO DE LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD FORAL: EL DERECHO CIVIL FORAL DE NAVARRA. 1. Concepto. 2. Caracteres. 3. Contenido material. VII. LA COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL FORAL DE NAVARRA: ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y MODIFICACIONES. 1. Antecedentes. 2. Elaboración. 3. Los amejoramientos de la Compilación. 4. La modificación de la Compilación efectuada en 1987. VIII. ALGUNAS LEYES FORALES ACTUALES EN MATERIA DE DERECHO CIVIL FORAL. IX. UNA MENCIÓN AL CONSEJO ASESOR DE DERECHO CIVIL FORAL. X. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017
Páginas: 009-055

El Fuero Nuevo o Compilación Civil de Navarra, la última de las compilaciones forales de la dictadura franquista, está caracterizada por un profundo tradicionalismo y un historicismo carente de practicidad que casaban mal con la realidad social y económica de 1973, razón por la que desde su misma promulgación, quedó obsoleto.

Sumario:

I. EL FUERO NUEVO, UNA COMPILACIÓN TRADICIONALISTA PARA UNA SOCIEDAD EN TRANSFORMACIÓN (1973-1975). II. LOS ANACRONISMOS DE UN FUERO “VIEJO” ANTE LA NUEVA DEMOCRACIA (1976-1987). III. LA COMPILACIÓN EN LA ACTUALIDAD, ENTRE LA PRAXIS Y LA DOCTRINA. 1. Un ejemplo elocuente: el matrimonio civil, el matrimonio canónico y los matrimonios de otras religiones. 2. Las parejas de hecho, una realidad “de hecho”. 2.1. Las parejas de hecho y la legislación navarra. 2.2. Constitución de la pareja estable: requisitos. 2.3. Régimen interno de la pareja. 2.4. Derechos reconocidos por la Ley Foral 6/2000. 2.5. Cese o extinción de la pareja estable. 3. Reacción doctrinal navarra ante diversas leyes estatales de familia que inciden en el Fuero Nuevo. 3.1. La Ley 13/2005, de 1 de julio, que permite el matrimonio homosexual. 3.2. La Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: HACIA LA REFORMA DEL FUERO NUEVO. V. BIBLIOGRAFÍA.

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02 Oct 2017