1. Revista Iura Vasconiae / 1. Iura Vasconiae Aldizkaria

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Páginas: 355-393

Estatuaren egungo eredua, 1978ko Konstituzioaren VIII. tituluan diseinatua, hainbat hamarkada lehenago sorturiko tradizio politiko eta instituzionalen oinordeko da, hein handi batean. Indarrean diren autonomia-estatutuak irakurtzea nahikoa da autonomia-erkidegoek Estatuarekiko harremanetan haiei buruz duten iritzia ezagutzeko; ezberdintasunak, semantikari buruzkoak ez ezik, edukiarekin lotutakoak ere badira. Lan honetan, bi auzi aztertu nahi ditugu.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. FEDERALISMO Y REGIONALISMO EN CATALUÑA. 1. El proyecto de Valentí Almirall. 2. El Proyecto de Constitución federal de la República española (1873). 3. El Projecte de Constitució per a l’Estat Català (1883). 4. El Proyecto de Constitución federal española (1883). 5. Las Bases per a la Constitució Regional Catalana (1892). III. DE LA MANCOMUNIDAD DE CATALUÑA (1914) AL ESTATUTO PROVINCIAL (1925). 1. La Mancomunidad como asociación de Diputaciones provinciales. 2. Los proyectos de autonomía elaborados por la Mancomunitat de Catalunya. 3. El Estatuto Provincial (1925): las regiones como asociación de municipios. 4. Un proyecto para la independencia: el Projecte de Constitució provisional de la República catalana (1928). IV. la SEGUNDA REPÚBLICA Y EL ESTATUTO DE CATALUÑA. 1. La Constitución de 1931 y el Estado integral. Breve aproximación. 2. El Estatut de Catalunya (1932). Antecedentes inmediatos y elaboración. 3. Análisis del Estatut de 1932. V. CONCLUSIONES. VI. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 323-354

Bigarren Errepublika Donostiako Ituna deiturikoan iradoki zenez geroztik, eta, batez ere, 1931ko apirilaren 14an aldarrikatu zenetik aurrera, «Kataluniaren auzia» mahai gainean izan zen, uneoro.

Sumario:

I. LA ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931. II. LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONSTITUCIÓN REPUBLICANA. III. EL ESTADO "INTEGRAL" Y LAS AUTONOMÍAS REGIONALES. IV. LA GUERRA CIVIL Y EL RETORNO AL CENTRALISMO. V. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 279-322

Nafarroak, 1841eko Legearen bidez, bere gobernu-sistema aurre-liberala 1839ko Legean ezarritakoari egokitzea onartu zuen. «Probintzia salbuetsi»etako aldundiek, ordea, ez zuten halakorik egin, eta haiei inposatu egin zieten 1876ko uztailaren 21eko Legea. Lege hori Nafarroara zabaltzeko asmoen aurrean, Aldundiak babestu egin zuen bere eraentza, baina gatazkak egon ziren arlo ekonomikoari eta zergei zegokienez, eta, ondorioz, geroagoko hitzarmenetan jaso beharreko ekarpena areagotu egin zen.

Sumario:

I. LA REVISIÓN DE LA LEY DE 1841. 1. Aspectos políticos. 2. Aspectos económicos. 3. Aspectos administrativos. II. LA APLIACIÓN DEL RÉGIMEN FISCAL GENERAL Y LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO DE 1877. III. LA GAMAZADA. IV. LA ASAMBLEA DE 30 DE DICIEMBRE DE 1918 Y LA REINTEGRACIÓN FORAL. V. LA DICTADURA Y NAVARRA. 1. La reforma del régimen local de Navarra. 2. Las cuestiones forales pendientes. 3. La revisión y negociación del cupo. 4. La regulación tributaria. 5. La invocación de los principios de la foralidad. 6. Aprobación del Convenio Económico. 7. El debate sobre su anulación. VI. CONCLUSIONES. VII. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 219-278

Kontzertua/Hitzarmena etengabe eraikitzen den tresna bat da. Abagune historiko bakoitzean dugun bertsioa tentsio politikoen, denboran zehar metaturiko inertziaren eta, batez ere, aldeen arteko adostasunaren fruitu da. Tresna bi horien bilakaera bitxian, oinarrizkoa izan da Estatuaren aurrean elkarri eman dioten babes emankorra. Hori horrela, 1841eko Legean ezarritako hazia izan zen 1877ko Hitzarmenaren oinarri, eta hura, aldi berean, 1878ko Kontzertuaren euskarri sendo, zeina aberasten joan baitzen, 1926ko Erregelamenduarekin sendotu arte.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. AL AMPARO DE LA LEY DE 1841. III. LA FISCALIDAD FORAL IMPERMEABLE A LA REFORMA DE MON Y SANTILLÁN . IV. UN RÉGIMEN SINGULAR. V. LA INVOLUNTARIA Y DECISIVA APORTACIÓN DE CÁNOVAS DEL CASTILLO AL FORTALECIMIENTO DEL CONVENIO/CONCIERTO. 1. El Convenio Económico de Tejada Valdosera. 2. Primer Concierto Económico. VI. UNA LENTA Y COSTOSA PERO PROGRESIVA CONSOLIDACIÓN. VII. EL CAMBIO DE SIGLO ADAPTACIONES QUE FORTALECEN EL MODEMO. 1. La reforma fiscal de Fernández Villaverde. 2. El cuarto Concierto Económico. VIII. PRIMO DE RIVERA Y EL FIRME RECONOCIMIENTO DEL CONVENIO/ CONCIERTO. IX. EL CONVENIO/CONCIERTO DE CALVO SOTELO. ESTUDIO COMPARADO. 1. Duración y Cupos. 2. Disposiciones generales. 3. Armonización Tributaria. X. CONVENIO/CONCIERTO EN LA SEGUNDA REPUBLICA. XI. CONCLUSIONES. XII. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 193-217

Testuak Arabako, Gipuzkoako eta Bizkaiko lurraldeen erregimen juridikoa du aztergai; zehazki, euskal Foruak indargabetu zituen 1876ko uztailaren 21eko Legea indarrean jarri zenetik 1878ko otsailaren 28ko Errege Dekretuaren bitartez lehenengo Kontzertu Ekonomikoa onartu zen arte.

Sumario:

I. INTRODUCCiÓN. II. EL FIN DE LA FORALIDAD INSTITUCIONAL: LA DISOLUCIÓN DE LOS CUERPOS DE GOBIERNO DE ÁLAVA, GIPUZKOA Y BiZKAIA. III. LA IMPLANTACiÓN DEL SERVICIO MILITAR. IV. DE LA DISOLUCIÓN DE LOS CUERPOS DE GOBIERNO FORALES Y LA IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO MILITAR AL NACIMIENTO DE LOS CONCEIRTOS ECONÓMICOS: EL NUEVO MARCO JURÍDICO EN ÁLAVA, GIPUZKOA Y BIZKAIA. V. EL NACIMIENTO DE LOS CONCIERTOS ECONÓMICOS. VI. A MODO DE CONCLUSIÓN. VII. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 039-192

Araba, Gipuzkoa eta Bizkaiko foruek 1844 eta 1876 bitartean jarraitu zuten. Liberalismo espainiarrak euskal foru-erakundeen arteko lotura hipotetikoa eta matxinada karlista erabili zituen batasun konstituzionala hedatzeko; horretarako zerga-sistemaren, soldadutzaren, eta Batzar Nagusien eta Aldundien botereen murriztapenaren erreforma drastikoari ekin zion. Erreforman, Cánovas, Gobernuaren Lehendakariak, 1839ko Foru Legean zetorren prozedurari eustea nahi izan zuen, Euskal probientzietako batzordekideak deitzen, emaitzarik gabe.

Sumario:

I. EL MARCO PREVIO. 1. Estado de la cuestión: Lasala y Sagarmínaga. Los Diarios de Sesiones de Cortes. 2. Antecedentes: el régimen neoforal (1841-1876). 3. Contestación parlamentaria y publicística a los Fueros: Sánchez Silva y Navascués. 4. La fundamentación de la foralidad en 1864. Problema de fondo: dos demos distintos. 5. La Revolución de 1868. 6. El silencio constitucional respecto de los Fueros durante el Sexenio. 7. Fueros y Constitución de 1876. 8. Autonomía relativa del Congreso frente al Ejecutivo. II. GUERRA CIVIL y FUEROS. 1. El Convenio de Amorebieta de 1872. 2. Causas de la guerra: radicalización del clero y presión sobre la población. 3. Monarquía de la Restauración y Fueros. 3.1. La Proclama de Peralta de Alfonso XII de 22 de enero de 1975, con motivo de la dirección del ejército de operaciones. 3.2. Proclama real de Somorrostro de 13 de marzo de 1876, tras la victoria. III. OPINIÓN PÚBLICA, PARTIDOS y FUEROS. 1. La opinión pública española. 2. Partidos y Fueros. 2.1. Partido carlista y sistema foral. 2.2. Partido liberal conservador. 2.3. Partido constitucional (sagastinos). 2.4. Republicanismo. IV. LA GUERRA CIVIL VISTA DESDE LAS CORTES (1876). EFECTOS SOCIO-POLÍTICOS POSBÉLICOS. 1. La Guerra civil y sus causas según la opinión de los parlamentarios. 1.1. Una guerra provocada por el ultramontanismo europeo. 1.2. El factor religioso. 1.3. Los carlistas no dieron carácter fuerista a la guerra. 1.4. Los Fueros, un freno a la guerra. 1.5. Los carlistas se impusieron mediante la coacción en las zonas dominadas. 2. La noticia del final de la guerra en las Cortes y la aparición de la cuestión foral en enero de 1876. 3. Las consecuencias inmediatas de la terminación de la guerra. 3.1. Ocupación militar. 3.2. Supresión de la libertad de expresión. 3.3. Espíritu antifuerista. 3.4. Las prisas del Gobierno en resolver la cuestión foral. La oportunidad del momento. V. CÁNOVAS y LOS DIPUTADOS VASCOS. PRIMERAS INICIATIVAS. 1. Cánovas. 2. Las Cortes. 3. Apertura de las Cortes: los diputados vascos. 3.1. Sobre la actuación de los diputados vascos. 3.2. Los diputados vascos y el partido liberal fuerista. El desencuentro con Cánovas. 3.4. Los primeros pasos de Cánovas. Declaraciones en el discurso de apertura de las Cortes (15 de febrero), recomendación discreta a los diputados vascos sobre el modo de actuar en las cámaras, e intervención del 23 de marzo. VI. LAS AUDIENCIAS A LAS DIPUTACIONES VASCAS. 1. La convocatoria a la audiencia de las provincias. 1.1. La Real Orden de 6 de abril de 1876. 1.2. Prólogo. 1.3. La Conferencia de las Diputaciones de 11 de abril. Nombramientos de comisionados de las Provincias Vascongadas. 2. La primera audiencia de Cánovas a los comisionados. 3. Entrevista privada de Lasala y Cánovas. Emergencia de la cuestión del Concierto Económico. 4. Nueva Conferencia de las Diputaciones para pronunciarse sobre la interpretación de Cánovas de la ley de 1839. 5. El fracaso de las tres audiencias siguientes. 6. Evaluación por Lasala y Sagarmínaga de lo ocurrido. 7. Interpretación del fracaso de las reuniones en sede parlamentaria. VII. EL DIPUTADO SAGASTINO GONZÁLEZ FIORI PRETENDE ADELANTARSE AL GOBIERNO CON UNA PROPOSICIÓN DE LEY. VIII. EL GOBIERNO PRESENTA EL PROYECTO DE LEy DE FUEROS EN EL SENADO. 1. Autoría del proyecto. 2. Contenido. 3. El Gobierno presenta en el Senado el proyecto de Ley de Fueros. 4. La Ex- posición de las Diputaciones vascas a las Cortes el 16 de junio. 5. Debate del dictamen. 5.1. La minoría propone la abolición completa de los Fueros (voto particular de Sánchez Silva). 5.2. Los liberal-conservadores apoyan el dictamen de la mayoría de la Comisión. IX. CÁNOVAS CAMBIA LA NORMA SOBRE FISCALIDAD NAVARRA EN EL ÍNTERIN DEL PASO DEL SENADO AL CONGRESO DE LA LEY DE FUEROS. 1.1. El art. 24 del dictamen de la ley de Presupuestos sobre la fiscalidad navarra y su enmienda. 1.2. Debate y votación. X. EL PROYECTO DE LEY DE FUEROS EN EL CONGRESO. 1. Nombramiento de la Comisión de Fueros. 2. El dictamen de la Comisión de Fueros: mayoría y minoría. XI. LA MINORÍA CONSTITUCIONAL ABOGA POR LA ABOLICIÓN ABSOLUTA DE LOS FUEROS (VOTO PARTICULAR DE GONZÁLEZ FIORI). 1. Defensa del voto particular por el proponente. 2. Postura de la mayoría gubernamental. 3. La posición vasca. 4. El Marqués de la Vega de Armijo apoya decididamente a González Fiori. 5. Cánovas zanja el debate. 6. La votación del voto particular. XII. LA MAYORÍA LIBERAL-CONSERVADORA APOYA LA REFORMA ATEMPERADA DE CÁNOVAS. 1. El dictamen de la mayoría de la Comisión y su debate. 2. La reforma de los Fueros: ¿una cuestión de Gabinete, del Parlamento o mixta? 3. Fundamentación del autogobierno en la foralidad clásica. 4. La Ley de 1839 como fundamento del sistema foral vigente. 4.1. Ley paccionada o ley ordinaria. 4.2. Una ley caducada o vigente. 4.3. Lasala ofrece una interpretación política de la Ley de 1839. 5. Los objetivos del proyecto de ley. 5.1. La unidad constitucional. El principio foral como modo de realizarla. 5.2. Igualdad de los españoles frente a privilegios. 5.3. Imposición del servicio militar y establecimiento de contribuciones. XIII. OTROS MOTIVOS DE RECHAZO DEL SISTEMA FORAL VASCO. 1. Deslealtad vasca. 2. La organización foral, un peligro para la seguridad del Estado. 3. Los defectos del sistema foral desde el punto de vista representativo. 4. El régimen foral, un gravamen para otras provincias. 5. Vasconia contribuye a la causa del absolutismo en España. 6. La vasca, una opinión pública extraviada. 7. ¿Un país ignorante, ingrato, desleal, traidor y perturbador? Menosprecio del Fuero. 8. Una ley de castigo, «de raza». XIV. HACIA EL FINAL DEL RÉGIMEN NEOFORAL. 1. Esperanza en la desesperanza: adhesión al sistema foral. 2. El eco en la cámara de las intervenciones de los diputados vascos. 3. Las últimas actuaciones de las Diputaciones respecto del país y en relación con la Corona. 3.1. Propuestas en la Conferencia de Diputaciones ante la gravedad de la situación. 3.2. El escrito o mensaje a la Corona. 4. Aprobación y publicación de la ley de Fueros. 5. La Conferencia de Diputaciones tras la aprobación de la ley. XV. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017
Páginas: 011-037

Federalismoa ezartzeko ahaleginen porrotak Errepublika hilzorian utzi zuenean ezarri ziren 1876ko Konstituzioa eta Berrezarkuntzaren erregimen politikoa; hein handi batean, Antonio Cánovas del Castilloren abilezia politikoari esker. Lantze-prozesu luze eta konplexua izan zuen 1876ko Konstituzioak Estatu erabat zentralizatua xedatu zuen, bai penintsulan, bai itsasoz bestaldean zeuden inperio kolonialaren gainerako lurraldeetan ere. Oinarrian, oso zentzu hertsia ematen zion Espainiako nazioari; Gaztelarekin identifikatzen zuen.

Sumario:

I. LA COMPLEJA Y DILATADA ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876. II. EL ENCAJE DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876 EN EL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL Y SUS PRINCIPIOS BÁSICOS. III. CENTRALISMO PENINSULAR Y ULTRAMARINO. IV. DE 1898 A 1930: LA FRACASADA LUCHA POR LA DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA. V. BIBLIOGRAFÍA.

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09 Oct 2017