Páginas: 059-084

Erronkari bailarak bere autogobernu erregimenaren zati bat mantendu duen entitate historiko bat osatzen du. Bertan auzotasun berezi bat egon zen, eta beranduago bertako hiribildu bakoitza udalerri bilakatuko da. Bailaran auzotasunaren erregimena kanpotarregandik babestu zen, bertakoeck komunitateko ondasunen ustiapenak goza zizaten, berezko estatus-a konfiguratzen.

Sumario:

I. LA VECINDAD HISTÓRICA. 1. La regulación del Reino. 2. La regulación por las instituciones del valle del Roncal. 2.1. Las Capítulas y ordenanzas. 2.2. Las Ordenanzas de las villas. 2.1.1. Ordenanzas de la villa de Uztárroz de 1689. 2.2.2. Ordenanzas de la villa de Isaba de 1816. 2.2.3. Las Ordenanzas de la villa de Urzainqui de 1883. II. LA VECINDAD VIGENTE. 1. La vecindad local y los aprovechamientos vecinales. 2. Los derechos sobre bienes comunales y particulares. 2.2. Aprovechamientos forestales. 2.3. AProvechamiento de productos naturales. 2.4. Derecho a la roturación. III. EPÍLOGO. IV. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
05 Oct 2017
Páginas: 149-198

Erdi Aroko erregimen lokala 1841eko legetik berdintasun liberaletik ondorioztatu zenera egokitu zen, eta beranduago, 1925eko azaroak 4ko R.D.L.-ko udalerriko Estatututik ondorioztatu zenera. Bi arauetan aldundiari onartu zitzaion udalerrien gaineko jerarkia eta hau hainbat kontrol ekintzetan islatu zen, gorako bidean ekintzen berrikuspena barne. 1928ko udalerriko administrazioaren arautegia bertako bizitzako kodea izan zen, bertan izandako berezitasun historiko guztiak irudikatu ziren eta aldundiaren autoritate gonerena bertako bizitzako mendetasuna ziurtatu zuen. LORAFNA-ren 46.

Sumario:

I. LA ADAPTACIÓN DEL RÉGIMEN LOCAL DE NAVARRA AL ORDEN LIBERAL Y LA LEY DE 19 DE AGOSTO DE 1841. II. LA LEY DE 4 DE NOVIEMBRE DE 1935 Y EL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE 1928. III. LA LEGISLACIÓN FRANQUISTA DEL RÉGIMEN LOCAL. IV. LA ADAPTACIÓN DEL RÉGIMEN LOCAL DE NAVARRA A LA CONSTITUCIÓN DE 1978. 1. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral. 2. La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra. V. LAS ENTIDADES LOCALES DE NAVARRA. 1. Los municipios. 1.1. Características. 1.2. Régimen. 2. Los Distritos administrativos. 3. Los Concejos. 3.1. Características. 3.2. Régimen. 4. Las Agrupaciones tradicionales. 5. Las Agrupaciones. 6. Las Mancomunidades. 6.1. Características. 6.2. Régimen. VI. COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA. VII. BIENES. VIII. CONTRATACIÓN. IX. HACIENDAS LOCALES. 1. Ley Foral 2/1995, de 20 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. 2. El Fondo de Participación de las Haciendas Locales. X. CONCLUSIONES. XI. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
05 Oct 2017
Páginas: 325-384

La transición del absolutismo al liberalismo en españa durante el siglo XIX se produjo dentro de un conflicto armado (1808-1814), durante el que se promulgaron la Carta de Bayona y la Constitución de Cádiz. En ese período las instituciones del Reino de Navarra se vieron implicadas en todos los avatares, abandonando el Reino, movilizando a la población contra la ocupación, participando en los procesos constitucionales y tratando de demostrar que sus instituciones se regían por una constitución histórica.

Sumario:

I. LA TRANSICIÓN DEL ABSOLUTISMO AL LIBERALISMO EN EL TURBULENTO SIGLO XIX ESPAÑOL. II. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA (1808-1814). III. LA CONSTITUCIÓN DE BAYONA DE 20 DE JUNIO DE 1808. 1. La monarquía josefina. 2. La Constitución de la monarquía. 3. Las instituciones de Navarra durante el periodo napoleónico. IV. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 19 DE MARZO DE 1812. 1. Establecimiento del régimen liberal. 2. Navarra y el régimen constitucional. 3. Reinado de Fernando VII. V. LOS INTENTOS DE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE UNA CONSTITUCIÓN NAVARRA. 1. La determinación de la constitución histórica. 2. Los documentos sobre la constitución de Navarra. VI. BIBLIOGRAFÍA CITADA.

leer más
04 Oct 2017
Páginas: 327-373

El Reino de Navarra y sus instituciones desaparecieron con el primer constitucionalismo (1808-1814). Tras el Convenio de Vergara, en el marco de la Constitución de 1837, se dictó la Ley de 1839 que confirmó los fueros y su adaptación al régimen constitucional. La ley de 1841 estableció el régimen especial de la Diputación provincial de Navarra con el reconocimiento de un autogobierno administrativo y económico diferenciado de "gobierno interior" de las restantes provincias.

Sumario:

I. EL FIN DEL REINO DE NAVARRA CON EL PRIMER CONSTITUCIONALISMO. II. EL ESTATUTO REAL Y LA CONSTITUCIÓN DE 1837. III. LA LEY CONFIRMATORIA DE LOS FUEROS DE 1839. IV. LA LEY DE 16 DE AGOSTO DE 1841. 1. El Decreto de 15 de diciembre de 1840. 2. Contenido y alcance. V. EL DEBATE SOBRE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA LEY DE 1841. 1. Su consideración como un pacto. 2. Ley formal cuyo contenido material precisa de acuerdo. 3. La negación del carácter de pacto. 4. Tratamiento por la jurisprudencia. VI. UNA TESIS INÉDITA SOBRE LA NATURALEZA LEGAL DEL RÉGIMEN FORAL. VII. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
04 Oct 2017
Páginas: 283-335

Tras la propuesta conocida como Plan Ibarretxe y la reforma del Estatuto de Cataluña se inició la quinta etapa de cambio en los Estatutos de Autonomía.  A finales del 2003 se reflejó en Navarra con la creación de una Ponencia para estudiar la reforma de la LORAFNA. Desarrolló sus trabajos durante la legislatura sin haber dado lugar a ningún resultado práctico ni propuesta alguna, aunque existen algunos puntos comunes de orden menor.

Sumario:

I. LA LEY ORGÁNICA DE REINTEGRACIÓN Y AMEJORAMIENTO DEL RÉGIMEN FORAL DE NAVARRA. 1. El reconocimento constitucional de los derechos históricos. 2. La actualización del régimen foral. 3. Las Bases de Reintegración y Amejoramiento. 4. El nuevo régimen foral. II. PROPUESTAS PARA EL CAMBIO NORMATIVO. 1. La ponencia parlamentaria. 2. Las propuestas de reforma formuladas por los Grupos Parlamentarios constitucionalistas. 2.1. Unión del Pueblo Navarro (UPN). 2. Partido Socialista de Navarra (PSN). 2.3. Convergencia de Demócratas de Navarra (CDN). 2.4. Izquierda Unida (IU). 3. Las propuestas presentadas por los Grupos Parlamentarios nacionalistas. 3.1. Aralar. 3.2. Eusko Alkartasuna (EA). 3.3. Partido Nacionalista Vasco (PNV). 3.4. Nafarroa Bai. 4. Acuerdos mínimos. 5. Final de la Ponencia sobre Autogobierno. III. NEGOCIACIÓN DE UNA NUEVA REFORMA PARCIAL. IV. BIBLIGORAFÍA.

leer más
03 Oct 2017
Páginas: 279-322

Navarra había aceptado la adecuación de su sistema de gobierno pre-liberal a la Ley de 1839, por medio de la de 1841, lo que no habían realizado las diputaciones de las «provincias exentas», a las que se impuso la Ley de 21 de julio de 1876. Frente a la pretensión de extenderla a Navarra, la Diputación defendió su régimen aunque hubo conflictos en materia económica y fiscal que se tradujeron en una mayor aportación recogida en sucesivos convenios.

Sumario:

I. LA REVISIÓN DE LA LEY DE 1841. 1. Aspectos políticos. 2. Aspectos económicos. 3. Aspectos administrativos. II. LA APLIACIÓN DEL RÉGIMEN FISCAL GENERAL Y LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO DE 1877. III. LA GAMAZADA. IV. LA ASAMBLEA DE 30 DE DICIEMBRE DE 1918 Y LA REINTEGRACIÓN FORAL. V. LA DICTADURA Y NAVARRA. 1. La reforma del régimen local de Navarra. 2. Las cuestiones forales pendientes. 3. La revisión y negociación del cupo. 4. La regulación tributaria. 5. La invocación de los principios de la foralidad. 6. Aprobación del Convenio Económico. 7. El debate sobre su anulación. VI. CONCLUSIONES. VII. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
03 Oct 2017
Páginas: 533-573

El preámbulo de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral describe la evolución del Reino de Navarra hasta la actualidad, pasando su autogobierno por su adaptación al régimen constitucional liberal y a la Constitución de 1978. Sus principios se plasman en los artículos del Título Preliminar que recogen los elementos de su identidad como comunidad política.

Sumario:

I. INTRODUCCIÓN. II. El preámbulo como símbolo político. III. La necesidad de dotar de un preámbulo a la LORAFNA. IV. CONTENIDO. V. Su valor jurídico. VI. La plasmación de sus declaraciones en el Título Preliminar. 1. La Comunidad Foral (art. 1). 2. Titular de derechos originarios e históricos (art. 2). VII. Conclusión. VIII. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
03 Oct 2017
Páginas: 131-169

El cambio del régimen político autoritario al constitucional se produjo en todo el Estado en un proceso conocido como la Transición, que se desarrolló desde la muerte del dictador a la promulgación de la Constitución. Durante este periodo y en tanto se configuraba un régimen de descentralización política y administrativa se establecieron regímenes provisionales de preautonomía.

Sumario:

I. EL NUEVO RÉGIMEN POLÍTICO. II. LA TRANSICIÓN POLÍTICA EN NAVARRA. 1. Los primeros pasos en 1976-1977. 2. La preautonomía vasca y Navarra. 3. Reintegración foral plena, amejoramiento del Fuero y democratización de las instituciones. III. NAVARRA EN EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN. IV. EL REAL DECRETO 121/1979, DE 26 DE ENERO, Y EL PARLAMENTO FORAL. 1. El camino a la definitiva democratización. 2. El panorama político-ideológico. V. CONCLUSIONES. VI. BIBLIOGRAFIA.

leer más
03 Oct 2017
Páginas: 515-646

La Ley de Fueros de 1841 creó una Hacienda propia en paralelo con la que correspondía a las instituciones del antiguo Reino de Navarra, así como la aportación de una contribución directa por parte de Navarra al estado relacionada con lo que era el donativo que las Cortes daban a la Monarquía y que será el cupo con el que Navarra contribuya a las cargas generales del Estado. Sobre aquella realidad se estableció el Convenio de Tejada Valdosera (1877) y el Convenio de 1927, propiamente el primer Convenio Económico.

Sumario:

I. LA PUGNA ENTRE DOS SISTEMAS POLÍTICOS: LA PRIMERA GUERRA CARLISTA. II. LA TRANSFORMACIÓN INSTITUCIONAL Y EL PREDOMINIO DE LA BURGUESÍA LIBERAL. III. LA LEY CONFIRMATORIA DE LOS FUEROS DE 1839. 3.1. La aceptación del Convenio de Vergara. 3.2. La garantía de la unidad constitucional. IV. LA LEY DE 16 DE AGOSTO DE 1841. 4.1. El Decreto de 15 de diciembre de 1840. 4.2. Contenido y alcance de la Ley de 1841. 4.3. Sobre su naturaleza paccionada. 4.4. La negación del carácter de pacto. 4.5. La Ley de 1841 y la autonomía fiscal de Navarra. 4.5.1. La Hacienda del Reino. 4.5.2. La reforma de la Hacienda de Navarra por la Ley de 1841. V. LA REFORMA FISCAL DE 1845 Y EL CONVENIO ECONÓMICO DE 1849. 5.1. La reforma fiscal de Mon y Santillán. 5.2. El Convenio Económico de 1849. VI. EL CONVENIO ECONÓMICO DE TEJADA VALDOSERA DE 1877. 6.1. Su encuadramiento histórico en la restauración canovista. 6.2. La revisión de la Ley de 1841. 6.3. La aplicación del régimen fiscal general y la negociación del convenio. 6.4. Nuevos intentos de reforma. 6.5. La Gamazada. 6.6. Los Conciertos Económicos. VII. EL CONVENIO ECONÓMICO DE 1927. 7.1. Su encuadramiento en la Dictadura de Primo de Rivera. 7.10. Proyecto de bases para su negociación. 7.11. Rechazo de las Bases por el Gobernador. 7.12. La negociación del nuevo régimen fiscal. 7.12.1. Planteamiento de los negociadores. 7.12.2. La cuantía del cupo. 7.12.3. Reglamentación tributaria. 7.12.4. La invocación de los principios de la foralidad. 7.13. Aprobación del Convenio. 7.14. El debate sobre la anulación del Conveniio Económico. 7.15. Sus aspectos más relevantes. 7.2. El régimen fiscal tras la reforma de 1900. 7.3. El gobierno propone la modificación del cupo. 7.4. Reacción defensiva de las instituciones navarra. 7.5. Postrua del Consejo Foral Administrativo. 7.6. Actitudes del Gobierno, la Diputación y del Consejo Foral. 7.7. Visita y reunión con el Presidente del Consejo. 7.8. Adhesiones a la Diputación. 7.9. Las cuestiones forales pendientes. VIII. BIBLIOGRAFÍA.

leer más
03 Oct 2017